Exfuncionarios Hondureños Obtendrán Pasaportes Diplomáticos de Por Vida

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La aprobación en 2025 de un reglamento sobre pasaportes diplomáticos y oficiales por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional ha generado un amplio debate acerca de los privilegios que acompañan a los cargos públicos en Honduras. La normativa dispuso que los expresidentes de los poderes del Estado y las exautoridades de Cancillería mantengan pasaportes diplomáticos de por vida, una prerrogativa que igualmente se extiende a sus respectivos cónyuges.

La disposición quedó respaldada por el Acuerdo No. 001-SG-2025, suscrito el 6 de mayo de 2025 por el entonces canciller Eduardo Enrique Reina García y difundido después en el diario oficial La Gaceta el 14 de junio de 2025. El texto fija las normas aplicables a la expedición y utilización de pasaportes diplomáticos y oficiales, documentos concebidos para agilizar los desplazamientos internacionales de funcionarios en misiones del Estado.

El asunto volvió a tomar protagonismo después de un reciente comunicado de la Cancillería que exige a exfuncionarios la restitución de estos documentos, lo que ha reavivado la discusión sobre el alcance de las excepciones previstas en la normativa.

Extensión del beneficio dirigido a exautoridades

El reglamento define el pasaporte diplomático como un documento emitido por la Cancillería para funcionarios que realizan misiones oficiales en el exterior, con el objetivo de facilitar su tránsito internacional y permitir la recepción de cortesías diplomáticas por parte de otros Estados.

No obstante, el Artículo 13 del reglamento introduce una disposición particular al establecer que:

A los Expresidentes de los Poderes del Estado y sus cónyuges, así como a los Exsecretarios y Exsubsecretarios de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional y a sus cónyuges, se les otorga de por vida el derecho a portar pasaporte diplomático.

En términos administrativos, esta cláusula implica que determinados exfuncionarios pueden conservar el documento incluso después de dejar el cargo, sin que exista una obligación posterior de devolución.

Entre las figuras que podrían beneficiarse de esta disposición se mencionan la expresidenta Xiomara Castro, el expresidente del Congreso Nacional Luis Redondo y la presidenta de la Corte Suprema de Justicia Rebeca Ráquel Obando.

El beneficio se extiende igualmente a exautoridades de la Cancillería, incluido el propio Enrique Reina, junto con los exvicecancilleres Gerardo Torres, Cindy Larissa Rodríguez y Zulmit Solemit Rivera Zúniga. De acuerdo con la normativa, este privilegio también abarca a sus cónyuges, ampliando así su cobertura más allá de quienes ejercieron de forma directa el cargo público.

La aprobación de esta disposición tuvo lugar semanas antes de que Reina presentara su renuncia al cargo el 27 de mayo de 2025, ocasión en la que hizo público su ingreso al proceso electoral como candidato a designado presidencial en la fórmula liderada por Rixi Moncada, representante del partido LIBRE.

Rol diplomático y aplicación institucional del documento

El reglamento publicado en La Gaceta señala que el pasaporte diplomático se emite para facilitar la labor de representación del Estado en el extranjero y para solicitar a autoridades de otros países cooperación y protección durante misiones oficiales.

Aunque disponer de este documento no garantiza por sí mismo la concesión de inmunidad diplomática, su empleo suele vincularse de forma habitual a tareas vinculadas a la representación oficial del Estado o a encargos particulares aprobados por el gobierno.

De acuerdo con especialistas en relaciones internacionales citados en diversas ocasiones por RCV, en varios países la práctica administrativa establece que los pasaportes diplomáticos se retiran una vez finalizado el cargo, con el objetivo de evitar que el documento se utilice para fines personales o fuera del ámbito de las funciones oficiales.

Por consiguiente, al incorporarse una cláusula con vigencia vitalicia, se genera una forma distinta de administrar el documento dentro del aparato estatal hondureño.

Petición de reembolso y conflictos administrativos

La controversia acerca de la normativa cobró fuerza después de un comunicado emitido por la actual titular de Cancillería, Mireya de Agüero, donde se pide a los exfuncionarios del gobierno previo que restituyan los pasaportes diplomáticos y oficiales que recibieron en esa gestión.

La Secretaría de Relaciones Exteriores fijó como plazo final el 31 de marzo para la entrega de esos documentos ante la Unidad de Pasaportes, al remitirlo al mismo reglamento ratificado en 2025.

Sin embargo, la normativa contempla excepciones explícitas: los exfuncionarios que cuentan con el privilegio de pasaporte diplomático vitalicio no están obligados a realizar la devolución. Esta situación ha generado una tensión administrativa, ya que mientras se solicita la restitución general de los documentos, un grupo específico de ex autoridades conserva el beneficio de manera permanente.

La coincidencia en el tiempo entre la aprobación del reglamento y la posterior salida del canciller para sumarse a la contienda electoral también ha sido destacada en el debate público. El acuerdo se suscribió el 6 de mayo de 2025, apenas unas tres semanas antes de que el funcionario presentara su renuncia oficial para incorporarse a la campaña política asociada al partido LIBRE.

Diversos analistas han considerado este episodio como parte de un debate más amplio que aborda la relación entre cargos públicos y privilegios administrativos. El carácter vitalicio de este beneficio, que continúa vigente incluso cuando el funcionario deja sus funciones estatales, abre interrogantes acerca de los límites que deben regir este tipo de disposiciones en la administración pública.

En un escenario nacional marcado por debates sobre institucionalidad, transparencia administrativa y uso de recursos públicos, la normativa de 2025 ha abierto una discusión sobre el papel de los instrumentos diplomáticos y su relación con el ejercicio temporal de las funciones del Estado. El tema también ha reactivado la reflexión sobre si los beneficios asociados a cargos públicos deben mantenerse una vez concluido el mandato o limitarse estrictamente al periodo en que se desempeñan responsabilidades oficiales dentro de la estructura gubernamental.

Hildelita Carrera Cedillo
Hildelita Carrera Cedillo

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