El 26 del mes pasado, el régimen recicló la Corte Suprema de Justicia que tenía a sus pies. Que ahora tenga 20 magistrados en lugar de 32, incluidos 12 reincidentes, fue la prometida “reforma de la justicia”. La obediencia incuestionable a las instrucciones que descienden del Palacio de Miraflores seguirá siendo su posición numantina.

El principio de independencia judicial es consecuencia de la doctrina de la división de los poderes del Estado. Si bien desde la Antigüedad se distinguía entre deliberación, mando y justicia, la concepción de la separación o división de los tres poderes del Estado tiene un origen moderno. Montesquieu tuvo la idea de estudiar durante dos años (1729-1731), en su propio campo, el funcionamiento de las instituciones inglesas. De vuelta en Francia, diseña y expone en su obra Del espíritu de las Leyes -apoyado en las observaciones que ha hecho, y más allá de éstas- su teoría general de la separación o división de poderes. Dice allí: «… Pero es una experiencia eterna que todo hombre que tiene poder siente la inclinación a abusar de él, yendo hasta encontrar límites… Para que no se pueda abusar del poder, es necesario que, por el hecho en la disposición de las cosas, el poder detiene al poder… Una Constitución puede ser tal que nadie esté obligado a hacer las cosas que no están prescritas por la ley, y a no hacer las que están permitidas… Tampoco hay libertad si la El poder judicial no está separado del legislativo ni del ejecutivo. Si está ligado al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, ya que el juez sería al mismo tiempo legislador. el poder ejecutivo, el juez podia tener la fuerza de un opresor.

Desde Montesquieu, la tesis de la distribución de poderes pasó al derecho constitucional positivo e inspiró las constituciones modernas, y, según Manuel García Pelayo, «lo que la caracteriza es su sentido de un ámbito racional al servicio de la libertad».

Aquí en Venezuela, la perversión del poder judicial empieza desde arriba, en el TSJ. Quienes la integran flotan en la cresta de una violación al artículo 264 de la Constitución impuesto a los venezolanos, que establece textualmente que “los magistrados de la Corte Suprema de Justicia serán elegidos un solo período de doce años. Sabemos que 12 de ellos son culpables de incumplimiento penal de esta norma. Además, los miembros del máximo tribunal no fueron elegidos en función de sus calificaciones académicas, profesionales y honorables, sino únicamente en función de su abierta tendencia a subordinarse a los ukases de quienes usurpaban el mando. La ONG Foro Cívico, en un comunicado público, “cuestiona el nombramiento tanto del nuevo TSJ como del Director Ejecutivo del Poder Judicial y de la Inspección General de Tribunales porque no cumplen con la pertinencia y la independencia judicial”. Como lo expresó el profesor de derecho constitucional Nelson Chitty La Roche, con la designación de los magistrados del TSJ, lo que ha hecho el régimen es “volver a poner la mano en la justicia de manera que asegure el partido necesario para que se exhiba y se mantenga siempre”. favorable a los dirigentes del PSUV».

Bajo el paraguas de la falta de concursos de la oposición -alrededor del 70% son jueces provisorios- el nombramiento del TSJ se ha retrasado debido a arduas negociaciones internas para distribuir cuotas entre facciones del oficialismo. Pero estas facciones están unidas por el objetivo común de tener un poder judicial que mantiene a más de 200 presos políticos por más de 2 años privados de su libertad sin justificación alguna. La falta de independencia judicial permite que se cometan violaciones de derechos humanos y libertades civiles con total impunidad.

A nivel internacional, existe consenso en que a la dictadura de Maduro no le importa la democracia. Amnistía Internacional, en su informe anual, afirma que “la política de represión” continúa en nuestro país y que “los defensores de derechos humanos, periodistas y activistas son objeto de intimidaciones, hostigamientos, agresiones y detenciones”. La Misión de la ONU para Esclarecer los Hechos sobre Venezuela dijo que «las fuerzas policiales habían asesinado a más de 200 personas hasta marzo» y que «investigará las circunstancias de los asesinatos y la participación de las FAES (Fuerzas de Acciones Especiales)».

El régimen dictatorial de Nicolás Maduro es investigado por la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad desde 2018, cuando la Fiscalía de la CPI inició un examen preliminar por la presunta comisión de estos delitos, que luego pasó a la fase de investigación formal. El fiscal de la CPI, Karim Khan, informó a la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte que el gobierno de Maduro había solicitado el 16 de abril suspender las investigaciones y dejarlas en manos de las autoridades venezolanas porque supuestamente lo hicieron, y, por lo tanto, la aplicación del principio de la complementariedad no es apropiada. El 21 de abril, Karim Khan anunció que había llegado a la conclusión de que no había presentado nueva información (por parte de Caracas) que justificara un cambio en la actuación de la Fiscalía, por lo que, de conformidad con el Estatuto de Roma, fundación de la CPI. , seguirá investigando los crímenes de lesa humanidad denunciados en Venezuela.

No estaríamos en la situación en la que nos encontramos si existiera en Venezuela una división de poderes que garantizara la independencia del poder judicial y, por tanto, una Corte Suprema de Justicia autónoma para sancionar crímenes, como los de lesa humanidad, sin recurso. a los mecanismos acordados de justicia internacional.

El periodismo independiente necesita el apoyo de sus lectores para seguir adelante y asegurarse de que las noticias incómodas que no quieren que lea permanezcan a su alcance. ¡Hoy, con su apoyo, seguiremos trabajando duro por un periodismo libre de censura!
Hildelita Carrera Cedillo
Hildelita Carrera Cedillo